LA INSUMISIÓN DEL PROTOCOLO SANITARIO POR PARTE DE COBRADORES Y USUARIOS EN COMBIS DE LA CIUDAD DE PUNO

Ariana Gabriela Ticona Estaña

RESUMEN

En el presente artículo, se hace una reflexión sobre cómo se está llevando a cabo el desarrollo de la ordenanza municipal N° 075-2020-C/MPP (Municipalidad Provincial de Puno) en referencia al protocolo sanitario nacional, frente al Covid – 19, en las combis de la ciudad de Puno.

Tambien se ejemplifica, el accionar de los pasajeros cada vez cuando ingresan a esta unidad vehicular, a pesar de que son conscientes que se supera el aforo de personas permitido. Producto de ello existe el riesgo del incremento en los casos de Coronavirus en la región, a razón de la imprudencia de usuarios y cobradores al no respetar la normativa.

Así como tambien el cuestionamiento hacia los cobradores que vulneran el protocolo sanitario permitiendo que muchos pasajeros suban a las combis, a pesar que tienen un aforo muy lleno, y ello está fuera de lo permitido.

PALABRAS CLAVE:

 combis, Covid – 19, medidas de seguridad, pasajeros, protocolo sanitario.

ABSTRACT

In this article, a reflection is made on how the development of municipal ordinance No. 075-2020-C / MPP (Provincial Municipality of Puno) is being carried out in reference to the national health protocol, against Covid – 19, in the combis of the city of Puno.

It is also exemplified, the actions of the passengers each time when they enter this vehicle unit, despite the fact that they are aware that the allowed capacity of people is exceeded. As a result, there is a risk of an increase in cases of Coronavirus in the region, due to the recklessness of users and collectors by not respecting the regulations.

As well as the questioning of the collectors who violate the sanitary protocol by allowing many passengers to get on the combis, despite having a very full capacity, and this is out of the box.

KEYWORDS:

 combis, Covid – 19, security measures, passengers, health protocol.

INTRODUCCIÓN

¿Realmente se está llevando a cabo el protocolo sanitario en las combis de la ciudad de Puno?

El Estado peruano en coordinación con los diferentes gobiernos regionales a puesto en disposición el plan estratégico de vacunas a nivel nacional, además anticipado a ello la promulgación de decretos supremos que contrarresten el avance del virus en los diversos sectores de nuestro país, como, por ejemplo: el sector de transporte terrestre con la finalidad de resguardar la vida y salud de los ciudadanos, evitando los posibles riesgos de contagio y diseminación del Covid – 19.

No obstante, el accionar de los pasajeros cuando suben a estas unidades de transporte público, vulneran el protocolo sanitario y la ordenanza municipal establecida. Esto es un riesgo ya que se podría surgir nuevos casos de Coronavirus en nuestra región, a pesar que la mayoría de puneños están con la segunda dosis.

DESARROLLO

Estamos a un mes de concluir este año del Bicentenario y nuestro país a dispuesto medidas necesarias tal como lo exige la OMS; de continuar con el plan de vacunación a la ciudadanía. Hemos escuchado en las radios y visto en los diferentes portales de información que se ha ido llevando a cabo dicha disposición normativa, puesto que la salud de todos los peruanos es la prioridad del Estado. Además de que el recibir la vacuna contra el Covid –  19, es un derecho universal, pero, así como es un derecho. ( Const., 1993, art. 9).

 Conlleva la acción del deber nuestro en ser muy precavidos en el cuidado de nuestra salud. Y que todos(as) debe acatar a las medidas de seguridad sanitaria como es: el uso de doble mascarilla, el uso de alcohol cuando realizamos compras o cuando pagamos a un(a) cobrador(a) por el servicio de transporte, y sobre todo que se cumpla el aislamiento prudente de 1 metro en nuestra movilización diaria.

Según el Decreto Supremo N° 094 – 2020 – PCM, establece que el servicio de transporte urbano por medio terrestre y la oferta de dicho servicio la determinan los gobiernos Locales mediante Ordenanzas Municipales, según corresponda las medidas sanitarias necesarias para evitar la propagación del Covid – 19.

El servicio de transporte público en Puno, inició su reactivación aproximadamente la segunda semana de junio del 2020, después de la aprobación del protocolo sanitario sectorial en el servicio de transporte público en mayo del 2020.

Tambien que los medios de transportes habilitados para prestar el servicio (combis), deben cumplir con el aforo (número de asientos permitidos) y las disposiciones sobre limpieza y desinfección de los vehículos e infraestructura complementaria de transporte, así como respecto de la continuidad del servicio, establecidos en los lineamientos, protocolos y normas sanitarias aprobados por el Ministerio de Salud y el Ministerio de Transportes.

Sin embargo, el Protocolo sanitario es infringido por unidades vehiculares y usuarios cuando ingresan a las combis, y no cumplen la normatividad.

Tuve la ocasión de escuchar el altercado entre una joven pasajera y una señora cobradora, en el que el tema era la molestia de que la señora cobradora permita que sigan subiendo pasajeros en la combi, a pesar que se superaba el foro de 7 pasajeros permitido, tambien que la señora cobradora, exija el pago de 1 sol por un servicio que no está del todo acorde a la Ordenanza Municipal.

Se puede hacer una comparación de hechos y normas de acuerdo a lo dispuesto en la ordenanza municipal N° 075-2020-C/MPP.

  1. Disposición sanitaria para el conductor

Según el art. 15 Sobre las disposiciones obligatorias para los conductores y cobradores, en este caso se infringió:

– el inciso 15.7 puesto que el vehículo M2 estaba transportando aparte de usuarios sentados, pasajeros que estaban de pie. Además de que no había ninguna autoridad fiscalizadora para informar lo sucedido.

– el inciso 15.9 la unidad vehicular estaba con las ventanas cerradas durante la prestación del servicio, no permitiendo la ventilación.

2.   Disposición sanitaria para el usuario

Según el art. 16 Disposiciones obligatorias para los usuarios, en este caso se infringió:

  • El inciso 16.1 a pesar de observar que el vehículo estaba lleno, los pasajeros seguían subiendo a la unidad vehicular.
  • El inciso 16.2 cuando dejan de utilizar el protector facial dentro de la combi.
  • El inciso 16.3 por lo general se suele pagar cuando se llega al destino, pero no al inicio cuando se sube a la combi, como dice la ordenanza.
  • El inciso 16.5 para el caso del transporte en vehículos de la categoría M2 no se debe utilizar el asiento del copiloto.

CONCLUSIONES  

1.- Entonces podemos decir que antes de subir a este tipo de unidad vehicular tan utilizada en Puno, debemos entender que la salud es primero, ya que muchas veces priorizamos otras actividades de nuestro itinerario, que esperar otra combi que este cumpliendo el aforo permitido. 

2.- Es responsabilidad de cada ciudadano, acatar el protocolo sanitario para la prevención del Covid-19, de lo contrario estaría en vano los esfuerzos del Estado por asistir a los derechos de salud de cada ciudadano.         

3.- Evitemos los riesgos de contagio y diseminación del Covid-19 en este medio de transporte público. Si vez que no hay autoridad fiscalizadora en casos en los que se infringe la normativa, puedes hacer tu denuncia en la mesa de partes virtual de la Municipalidad Provincial de Puno.  

BIBLIOGRAFÍA

Constitución Política del Perú [Const.]. (1993). Artículo 9,[ Titulo I, Capítulo II, derecho a la salud].

Consejo Provincial de Puno. (2020). Ordenanza Municipal N° 075-2020-C/MPP. https://portal.munipuno.gob.pe/sites/default/files/Ordenanza-Municipal-2021/ORDENANZA%20MUNICIPAL%20N°%20075-2020-CMPP.pdf

Ministerio de Transportes y Comunicaciones. (2020). Protocolo sanitario sectorial para la prevención del Covid-19. (Lima, Perú). https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/770487/Protocolo_sanitario_sectorial_para_la_prevención_del_covid-19_en el servicio de transporte público especial de personas en la modalidad de taxi y en vehículos menores.PDF

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